Écija recibe mañana las medidas de restricción a la movilidad aprobadas por la Junta de Andalucía

El Alcalde de Écija, David Javier García Ostos, ha ofrecido hoy una rueda de prensa en la que ha informado al a ciudadanía acerca de las medidas de restricción a la movilidad impuestas por la Junta de Andalucía esta semana ante el avance del Covid-19 en Écija.

Una medidas que el primer edil ha calificado como “necesarias” para detener la pandemia en Écija. De este modo, García Ostos ha recordado a los ecijanos que a partir de mañana jueves día 15 de octubre a las 8:00 horas, tal y como aparece reflejado en el BOJA nº 64 publicado ayer.

Medidas que entran en vigor por parte de la Junta de Andalucía a partir de mañana día 15 de octubre a las 8:00 horas y durante 10 días (BOJA nº 64 de 13 de octubre de 2020).

“Restringir la entrada y salida de personas que se encuentren o circulen en el término municipal de Écija, así como aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en dicho término municipal, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.

c) Asistencia a centros docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.

g) Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente justificada y acreditada.

La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen los ámbitos territoriales que constituyen el objeto de la presente resolución estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

Se permite la circulación de personas residentes dentro de los ámbitos territoriales afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.

Además de la medida indicada ut supra, se recuerda que al municipio de Écija le es de aplicación las medidas contenidas en la Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en localidades o parte de las mismas donde se haya acordado restricción a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma.”

Medidas contenidas en la orden de 29 de septiembre de 2020 de la Junta de Andalucía que entran en vigor el jueves 15 de octubre a las 8:00 h. y durante 10 días. (Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en localidades o parte de las mismas donde se haya acordado restricción a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma.)

a) No se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial.

b) La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

c) Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.

d) Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

e) Se dispone el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.

f) En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

g) No se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.

h) Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

i) Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la Orden de 19 de junio de 2020, de medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al cincuenta por ciento, salvo que tuvieran previsto uno inferior.

j) Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.

k) Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas, aforos, etc.

 

Medidas Municipales prorrogadas hasta finales de octubre.

El Ayuntamiento de Écija ya tomó medidas de restricción en cuanto a las competencias municipales el pasado 30 de septiembre, que García Ostos ha anunciado que “permanecerán prorrogadas hasta finales de octubre”. Si bien desde el consistorio se trabaja para que todos los servicios afectados puedan volver a reiniciarse en noviembre, si la situación está mejor. Estas medidas, recordemos eran:

  • Cierre de parques públicos a excepción del Parque San Pablo, que permanecerá abierto como zona de tránsito. Se cierran asimismo los juegos infantiles en toda la ciudad y los juegos saludables. Los paseos y jardines sin vallado seguirán usándose como hasta ahora.
  • Cierre de todos los aseos públicos y fuentes de agua potable en toda la ciudad.
  • Se llevarán a cabo desinfecciones integrales periódicas al o largo de estos quince días.
  • Se seguirá intensificando la limpieza de lugares de mayor afluencia de público, como es el caso de colegios, centros de salud o supermercados.
  • Se cierran todas las instalaciones deportivas municipales. Se paraliza el alquiler de pistas y se pospone el inicio de las escuelas deportivas. Solo se permitirá el uso de estas instalaciones a deportistas o equipos en competición durante este periodo, previo permiso de la Agencia Pública Administrativa Local de Deportes.
  • Se pospone el inicio de las aulas municipales de carácter cultural.
  • Se cierra la sala de estudios de la biblioteca municipal, que seguirá ofreciendo el servicio de préstamo de libros en las mismas condiciones que ahora.
  • Se suspende el mercadillo de los jueves.
  • Se aplaza la programación cultural del Teatro Municipal.

El Alcalde de Écija ha informado de que hoy mismo se celebra Junta Local de Seguridad que establecerá los dispositivos que se van a montar de cara al cumplimiento de estas restricciones.

Por último, ha hecho mención a las recomendaciones que viene repitiendo a los ecijanos en los últimos días, y ha hecho un llamamiento a que cada uno cumpla con las indicaciones desde su rol personal: uso de mascarillas, higiene de manos y distanciamiento social, a los que ha sumado el no estigmatizar a los enfermos y la no difusión de bulos en redes sociales.